Los Warrants son unos instrumentos financieros derivados que otorgan al comprador el derecho, pero no la obligación, de comprar o vender un activo denominado subyacente a un precio y fecha determinados, futuros.
Si los warrants son de compra, se los llama “call warrant”, y si si determinan una venta, se los denominará como “put warrant”.
Cabe destacar que, al integrar la categoría de las opciones, los warrants ofrecen la posibilidad de elegir entre efectuar o no la transacción y, a la otra parte la obligación de efectuarla.
Cuando tomamos la opción de realizar la operación se llama “ejercer” el derecho de warrant.
¿Qué diferencias hay entre los Warrants y las Opciones a Futuro?
- Plazo de vencimiento: Las opciones tienen un plazo máximo de un año, en cambio, los warrants tienen un plazo variable y hasta mayor.
- Liquidez: Los warrants poseen mayor grado de liquidez.
Elementos de los warrants:
- Activo subyacente: Es el activo sobre el que se otorga el derecho.
- Precio de ejercicio: El precio al cual se comprará o venderá.
- Fecha de ejercicio: Momento en el cual se podrá ejercer el warrant.
- Prima: El precio que se paga por el warrant. El mismo se encuentra compuesto por:
- Valor intrínseco: Diferencia entre el precio del subyacente y el precio de ejercicio.
- Valor temporal: Es la valoración del derecho de compra o venta del subyacente, inherente al warrant.
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